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 13 de marzo de 2001 - Debate abierto

Artículo publicado en el Semanario Brecha, el 15 de febrero de 2001

Relaciones laborales en un gobierno de izquierda
El salario de los trabajadores municipales

por Juan Manuel Rodríguez

Diez años es un período suficiente para analizar una gestión gubernamental, ya sea a nivel nacional o departamental. En esta nota no se analiza el conjunto de la gestión municipal del Frente Amplio en Montevideo entre 1990 y 1999, sino solamente un aspecto: el laboral.

 En marzo de 1990, después del triunfo que el Frente Amplio había logrado en el departamento en las elecciones realizadas el año anterior, asume la Intendencia de Montevideo el doctor Tabaré Vázquez. Desde ese momento el Frente Amplio ha gobernado Montevideo, ya que en 1994 fue electo Mariano Arana, reelecto en mayo de 2000.

La relación de un gobierno frenteamplista con los trabajadores tiene particularidades con respecto a otras organizaciones o empresas. El hecho de que en general los sindicatos tengan en su dirección una mayoría de adherentes al Frente Amplio -y esto ocurre con el de la Intendencia de Montevideo- podría determinar una similitud de ideas, de la que se podría esperar la eliminación de los conflictos o, por lo menos, una sustancial reducción.

En los últimos años, sin embargo, ha ocurrido exactamente lo contrario: la Intendencia de Montevideo ha sido la más conflictiva del país. Fue escenario del que sin duda es el mayor conflicto en una intendencia en mucho tiempo, el de los recolectores de residuos. Hubo también situaciones tensas, como la que se produjo al asumir Arana su segundo mandato, cuando fue abucheado por un grupo de trabajadores. Actualmente se está en conflicto por la renovación del convenio colectivo. Es decir, lo que ocurrió fue todo lo contrario a lo que se esperaba.

La situación es todavía más curiosa si pensamos que en otras intendencias existe atraso en el pago de sueldos, hay anuncios de reducción de personal, y si bien existen conflictos, son de entidad muy inferior a los de Montevideo. Indudablemente esta evolución de los hechos requiere una reflexión. La necesita la Intendencia, que debe definir su política laboral para el actual período; es imprescindible para el Frente Amplio, si quiere extraer conclusiones para aplicar en un eventual gobierno nacional, en donde no sólo decidirá la política para todos los funcionarios públicos sino que puede influir en el sector privado, aunque para esto previamente deberá definir qué tipo de intervención tendrá el Ministerio de Trabajo.

En esta nota se describirá la política salarial frenteamplista en la Intendencia de Montevideo desde 1990 a 1999, es decir durante los dos primeros períodos de gobierno departamental. Los salarios no son toda la política laboral, pero son un aspecto importante de la misma.

El salario real ha tenido en el período que transcurre desde marzo de 1990 a diciembre de 1999 un crecimiento superior a cualquier otro, tanto de empresa que tenga un convenio salarial y pueda ser medido, como de sector económico, ya sea público o privado. Este crecimiento salarial se explica por tres factores: los aumentos salariales, la reducción de las horas de trabajo y el aumento de los beneficios. Veamos cada uno de estos aspectos LOS AUMENTOS SALARIALES. Los convenios colectivos que han estado vigentes durante estos diez años previeron aumentos del salario cada cuatro meses en porcentajes que nunca fueron inferiores a la inflación (ipc) de los cuatro meses anteriores a cada aumento, lo que se ha denominado corrientemente como la inflación pasada, y en muchos casos el incremento fue superior a esta cifra, particularmente en los años previos a 1997. En el cuadro 1 se compara el aumento salarial en cada uno de los meses en que se realizó con la inflación de los cuatro meses previos al mes en que se produjo el aumento.

Puede observarse que entre 1990 y 1994, es decir durante el gobierno municipal de Tabaré Vázquez, todos los aumentos fueron superiores a la inflación del cuatrimestre anterior. Entre 1995 y 1999, o sea en el gobierno de Arana, esta política se mantuvo, pero atenuada, pues algunos aumentos fueron superiores a la inflación anterior pero otros sólo la igualaron.

Estos aumentos salariales, en el contexto económico de esos años, inevitablemente determinan un crecimiento de los salarios reales por dos factores: la propia magnitud del aumento salarial y la reducción de la inflación que se produjo año tras año en este período. Para comprender esta afirmación debemos tener en cuenta que en un contexto de inflación descendente, un aumento de los salarios nominales igual a la inflación pasada determina un aumento en los salarios reales (si no se cambia el período entre ajustes de salarios). Si el aumento de salarios es superior a la inflación del cuatrimestre anterior, entonces el crecimiento del poder de compra será aún mayor.

El aumento en el salario real por este concepto alcanzó en los diez años al 40,38 por ciento. Este es el porcentaje en el que los salarios crecieron más que la inflación en los diez años. Hubo crecimiento durante la intendencia de Vázquez y durante la de Arana. Durante la primera el salario real creció el 21,89 por ciento, y durante la de Arana volvió a crecer un 14,19 por ciento adicional. Puede afirmarse, entonces, que en el último cuatrimestre previo al aumento salarial de diciembre de 1999, el salario real de los funcionarios municipales de Montevideo tuvo un poder de compra 40,38 por ciento superior al del cuatrimestre previo a la asunción de Tabaré Vázquez (diciembre/89-marzo/90).* Los aumentos considerados en las cifras anteriores son los que se aplicaron a todos los funcionarios, elevando su salario básico. No incluyen beneficios ni primas específicas que en la Intendencia existen por diversos factores, como se indica más adelante. Es decir, estos aumentos los tuvieron todos los funcionarios, independientemente de su grado, categoría o función. Algunas categorías concretas tuvieron aumentos especiales como consecuencia de reestructuras o de modificaciones en las categorías, pero estos aumentos no se consideraron en las cifras anteriores.

REDUCCIÓN DEL HORARIO DE TRABAJO. A partir del 19 de marzo de 1990, es decir el mismo mes en que asume Tabaré Vázquez, el horario de trabajo se reduce de ocho horas a seis para la mayoría de las categorías: Obreros y oficios, Administrativa, Especializada, Técnica, Profesional B, Servicios auxiliares y Centro de cómputos, y de seis horas a cuatro para la categoría Profesionales A.

El texto de la resolución municipal acuerda una importancia significativa al registro de la asistencia al trabajo. Señala que todos los funcionarios deben registrar su ingreso y retiro del trabajo, lo que será estrictamente controlado.

El contexto en el que se adopta la resolución y su propia formulación sugieren una visión del trabajo de los funcionarios municipales que parece ser el fundamento de la medida. En primer lugar hay una intención expresa de mejorar el salario horario, dado que no se reducen las remuneraciones, por lo que cada funcionario mantiene su salario trabajando menos horas. Al mismo tiempo parece existir la visión de que una reducción en las horas de trabajo no implicará una reducción en los servicios, por lo cual es posible reducir la exigencia horaria -mejorando por lo tanto las condiciones laborales- sin reducir los servicios que presta la Intendencia. En su conjunto la medida tenía por objetivo que los funcionarios trabajaran menos horas pero eficazmente.

Esta medida implicó un crecimiento en los salarios reales. Piénsese, por ejemplo, que un salario de 100 pesos por ocho horas de trabajo implica una remuneración horaria de 12,50 pesos por hora. Si el salario se mantiene pero las horas se reducen a seis, la remuneración horaria pasa a ser de 16,67 pesos, es decir que se ha producido un aumento del 33,33 por ciento. Para los profesionales, cuyo horario pasó de seis horas a cuatro, el aumento en la remuneración por hora fue del 50 por ciento. (Con un salario de 100 pesos, la remuneración horaria pasó de 16,67 a 25 pesos.) Este aumento debe agregarse al analizado en el punto anterior, considerando que el aumento operó desde marzo de 1990 y estuvo vigente durante las dos administraciones. En el cuadro 2, para abreviar los cuadros, se calcularon los salarios reales anuales (que son el promedio de los salarios reales de los 12 meses del año), donde cada año va desde el mes de diciembre hasta el de noviembre del año siguiente. De esta forma el año incluye tres períodos cuatrimestrales completos, pues los aumentos salariales se producen en los meses de diciembre, abril y agosto.** La primera columna (Salario 1) es equivalente a lo analizado en el punto anterior, es decir la evolución salarial considerando exclusivamente los aumentos de salarios. Las otras dos columnas indican los salarios reales calculados con la reducción horaria. La columna Salario 2 corresponde a las categorías cuyos horarios pasaron de ocho horas a seis, y la columna 3 a los profesionales de la categoría A, cuyo horario pasó de seis horas a cuatro.

Estas cifras corrigen las indicadas en el punto anterior. Puede afirmarse, ahora, que el salario real de los municipales en el último año de la administración de Vázquez fue 63,17 por ciento mayor al del cuatrimestre previo a su mandato, y que en el último año de la primera administración de Arana, los salarios fueron un 84,41 por ciento superiores. En ambos casos son salarios reales, es decir reflejan el aumento del poder de compra del salario, en donde se ha deducido el aumento de precios verificado en los diez años analizados.

Las cifras anteriores corresponden a la amplia mayoría de las categorías, como obreros, administrativos, técnicos y personal de servicio. Para los funcionarios que tienen la categoría profesional A, los aumentos fueron del 86,62 por ciento al cabo de los cinco años de la administración Vázquez y del 109,91 por ciento al fin de la primera administración de Arana.

BENEFICIOS SOCIALES. Los funcionarios municipales tienen un importante número de beneficios sociales y primas, que pueden ser agrupados en cuatro categorías: los que se suman al salario básico; los que son de naturaleza sectorial y por lo tanto corresponden a sectores especiales, como casinos, inspectores, recaudadores, etcétera; los que corresponden a trabajos especiales, como trabajo nocturno o de los sábados; y los beneficios sociales propiamente dichos, como salario vacacional, prima por antigüedad o seguro de salud.

Pero varios de estos beneficios comenzaron a regir o tuvieron un crecimiento significativo durante las administraciones de Vázquez y Arana. En estos casos los mayores beneficios implican un aumento de los ingresos reales de los funcionarios, por lo cual es un tercer factor de crecimiento de los salarios reales.

Debe tenerse en cuenta que algunos de estos beneficios, como la compensación unificada y todos los que aumentan el salario básico, son cobrados en forma mensual junto al salario por todos los funcionarios. Si bien en algunos casos su cobro tiene algunas condiciones, según la opinión de muchos funcionarios, no se suelen aplicar, de modo que de hecho tienen carácter general. A continuación se indican algunos de los beneficios creados o aumentados durante las dos intendencias de la década del 90.

* Compensación unificada En diciembre de 1991 la Junta Departamental autoriza al intendente a otorgar a los funcionarios una "compensación unificada" de hasta el 10 por ciento del salario básico, que se cobraría a partir del 1 de enero siguiente. El 10 por ciento de compensación unificada fue establecido para las categorías Servicios Auxiliares, Obreros, Profesional B, Docente y especializada, pero se daban dos situaciones muy diferentes. Si un funcionario en ese momento no cobraba ninguna compensación, habría pasado a cobrar el 10 por ciento de su salario básico, por lo cual se trataba de un aumento en su salario real. En el caso de los funcionarios que recibían compensaciones, pero por un porcentaje de su salario básico inferior, el aumento consistía en la diferencia que le permitía llegar al 10 por ciento. De modo que también se incrementaban sus ingresos reales, pero en una magnitud menor.

El cobro de la compensación unificada impediría cobrar cualquier otra compensación complementaria, salvo prima por tarea riesgosa, dedicación total, extensión horaria, sexto día, horas extra, viáticos y partidas percibidas por personal adscrito en algunas reparticiones especiales que se indican expresamente.

En diciembre de 1993 se corrigen los montos de la compensación unificada, los que fueron establecidos en los siguientes porcentajes del salario básico de cada funcionario: 16 por ciento a partir de abril de 1994, 20 por ciento a partir de agosto de 1994 y 30 por ciento a partir de diciembre de 1994, aplicados con el procedimiento indicado anteriormente. En este monto se mantienen hasta el presente. Para la categoría Profesionales grado A la compensación fue del 10 por ciento desde noviembre de 1994.

En conclusión, cada funcionario (salvo los profesionales grado A) cobra actualmente un 30 por ciento de su salario básico por "compensación unificada". Para los funcionarios que no cobraban ninguna compensación, esta resolución implicó un aumento del 30 por ciento en sus salarios básicos. Los que cobraban alguna, tuvieron un aumento menor.

El fundamento de este beneficio es que permitiría unificar una serie de compensaciones sectoriales que eran cobradas por diferentes grupos de funcionarios. La forma de aplicación de la resolución, sin embargo, fue más amplia: se aplicó a los funcionarios que tenían compensaciones y a los que no las tenían. De hecho, entonces, significó un aumento salarial considerable para muchos funcionarios.

* Compensación anual por rendimiento y asiduidad Este beneficio fue creado en diciembre de 1995 y establece que en el mes de abril de cada año la Intendencia pagará a cada funcionario una partida por asiduidad y rendimiento. Esta partida fue fijada en el 40 por ciento del salario básico en 1997, en el 45 por ciento en 1998 y en el 50 por ciento en 1999.

La condición para cobrarla es que el funcionario alcance un puntaje por desempeño no inferior al 50 por ciento del máximo y que asista al trabajo, por lo menos, el 95 por ciento de los días laborables. Sin embargo, si no se realizara la evaluación de desempeño, este requisito no regiría.

* Seguro de salud El seguro de salud de los municipales de Montevideo ampara al funcionario, al cónyuge y a los hijos menores de 16 años. Además de la cuota mutual, el acuerdo con el casmu establece que cada afiliado tiene derecho a seis tiques de medicamentos y tres de consultorio o urgencia por semestre.

A partir del 27-I-00 el convenio con el casmu tiene dos ampliaciones: a) los tiques y órdenes que excedan la cuenta corriente del funcionario tienen una bonificación del 40 por ciento, y b) el casmu afilia a su cargo los hijos de 17 y 18 años hasta que cumplan los 19, si el funcionario es afiliado y si se realiza una campaña de afiliación en que participe adeom como impulsora y promotora.

Se destaca este beneficio por la amplia cobertura de salud, comparada no sólo con la que se otorga en el resto del sector público sino incluso con la que se brinda en el privado. Es difícil encontrar en una empresa o sector económico, público o privado, un sistema tan amplio de salud como el de los municipales montevideanos.

En una categoría similar, por lo poco corriente, debe incluirse el salario vacacional, que no existe para los funcionarios públicos y que la administración de Vázquez aumentó hasta alcanzar al 100 por ciento del salario líquido del mes anterior al de la licencia y que Arana determinó que se calcule por el salario nominal y no por el líquido.

Estos beneficios nuevos o el incremento de beneficios preexistentes implican aumentos en los ingresos reales. Algunos de ellos son muy significativos.

Sin embargo, en este trabajo no son incluidos en los cálculos porque sólo podría hacerse sobre valores promedios. Pero, como se sabe, los promedios abarcan situaciones muy diferentes para los distintos funcionarios.

Piénsese, por ejemplo, que por el seguro de salud un funcionario puede cobrar seis cuotas mutuales si tiene cuatro hijos menores, pero otro puede cobrar sólo una si es soltero y sin hijos menores. Por esta razón, cualquiera sea la cifra a que se llegue no sería representativa de lo que efectivamente cobra cada uno de los funcionarios, como ocurre en cambio con los aumentos considerados en los puntos anteriores. En todo caso puede afirmarse que el crecimiento en el salario real de los funcionarios municipales en la amplia mayoría de los casos es superior al indicado en los cuadros anteriormente citados. En algunos casos, sustancialmente mayor.

NIVELES SALARIALES. Los estudios de la evolución de los salarios a partir de porcentajes suelen ser engañosos, pues no sólo importa el porcentaje de aumento sino el nivel de partida. Por ejemplo, en el caso de un trabajador que reciba actualmente un salario de mil pesos, un incremento del 100 por ciento lo llevaría a ganar dos mil pesos, que igualmente sería un salario muy bajo. Por esto no sólo importa el porcentaje de aumento sino el nivel del cual se parte.

En esta nota se habla solamente de porcentajes, ¿no ocurrirá que aunque los aumentos fueron significativos, el nivel de partida era tan bajo que aun con estos aumentos, los salarios municipales sigan siendo muy bajos? En el cuadro 3 se indica el salario promedio por escalafón y la cantidad de funcionarios presupuestados en abril de 2000.

Del cuadro 4 se deduce que el 76,5 por ciento de los funcionarios municipales, que corresponden a los tres escalafones más numerosos (obreros, administrativos y especialistas profesionales), tienen un salario promedio superior a 9.500 pesos por seis horas de trabajo, lo cual no es un salario bajo para el promedio de las remuneraciones existentes en el país.

Parece claro, entonces, que los aumentos de estos años determinaron que los niveles salariales, comparativamente con los actuales a nivel nacional o con la mayoría de los salarios del sector público, no son bajos.

En el gráfico 1 se incluye una comparación entre el salario público, el privado y el de la Intendencia de Montevideo. Este último es claramente el de mayor crecimiento. La conclusión parece clara. Durante las dos intendencias frenteamplistas de Montevideo hubo un sustancial crecimiento de los salarios reales municipales. En estos años, tanto los ingresos de la imm como los gastos crecieron en términos reales, pero los gastos por remuneraciones crecieron más que el conjunto de las erogaciones. El resultado de esta evolución es que las remuneraciones se llevan un porcentaje creciente de los ingresos. En los diez años el crecimiento de las remuneraciones supera los 10 puntos porcentuales, alcanzando en 1999 a una cifra algo superior al 58 por ciento. Esto significa que hace diez años aproximadamente el 45 por ciento de los ingresos se destinaban a remuneraciones y esta cifra actualmente casi alcanza al 60 por ciento.

Se ha acusado a la conducción de la imm de aplicar una política neoliberal.

Más allá de que a este término se le han dado diversos contenidos, ninguno de ellos incluye como un objetivo mejorar el nivel de ingresos de los trabajadores, sus condiciones de trabajo y sus beneficios en una medida tan significativa como ocurrió en Montevideo. Sin duda que otras decisiones adoptadas pueden ser más polémicas, pero, en todo caso, el tema de las remuneraciones tiene mucha relevancia, tanto por lo que implica en el nivel de vida de los funcionarios como por lo que les cuesta a los montevideanos que lo financian.

Como se dijo al inicio, los salarios no son toda la política laboral.

Existieron otras iniciativas, se desarrolló una negociación colectiva con el sindicato, se estableció un tipo de relacionamiento con el personal. Y así como se adoptó un conjunto de decisiones, muchas otras no se adoptaron; es decir, se podrían haber implementado otras políticas, lo cual no ocurrió.

Con las políticas decididas (y con otras medidas asumidas por el hecho de no haber sido tomadas) y las decisiones adoptadas por los trabajadores, se configuró un modelo de relacionamiento laboral. En una futura nota, de corte más analítico, se analizarán estos aspectos y se intentará plantear algunos temas que merecen una reflexión serena. n * El cuatrimestre previo, estrictamente, es octubre/89-febrero/90, pero se considera un mes más en cada caso porque aunque el intendente asumió en marzo, el primer aumento salarial de su mandato es el de abril; el salario de marzo está determinado por la intendencia anterior.

** Si en lugar de estos 12 meses, se tomaran los meses calendario, es decir enero a diciembre, la tendencia sería exactamente la misma.

 



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